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COMUNICADO DE PRENSA, REFERÉNDUM ABROGATIVO 2022

VOTO POR CORRESPONDENCIA DE CIUDADANOS ITALIANOS RESIDENTES EN EL EXTRANJERO

Los Decretos Presidenciales de 06/04/2022, publicados en el Diario Oficial de 07/04/2022, fijan el 12 de junio de 2022 como fecha para los Referéndum por abrogar, en virtud del artículo 75 de la Constitución.

Le recordamos que el VOTO es un DERECHO protegido por la Constitución italiana y que, según la Ley del 27 de diciembre de 2001, n. 459, los ciudadanos italianos residentes en el extranjero, inscritos en la lista electoral, pueden VOTAR POR CORREO. Por ello, se recomienda que verifique y regularice su situación personal y de domicilio en el consulado.

ALTERNATIVAMENTE, LOS ELECTORES RESIDENTES EN EL EXTRANJERO E INSCRITOS EN EL AIRE PUEDEN OPTAR POR VOTAR EN ITALIA EN SU MUNICIPALIDAD DE INSCRIPCIÓN ELECTORAL, comunicando su elección (OPCIÓN) por escrito al Consulado antes del décimo día de la convocatoria de las votaciones. Los electores que decidan votar en Italia con motivo del próximo referéndum recibirán de sus respectivas municipalidades italianas la tarjeta de aviso para votar en las urnas electorales de Italia.

La elección (opción) de votar en Italia es válida solo para un referéndum.

Se reitera que en todo caso la opción DEBE LLEGAR a la Oficina Consular a NO MÁS DE DIEZ DÍAS DESPUÉS DE LA FECHA DE CONVOCATORIA DE LA VOTACIÓN, ES DECIR, ANTES DEL 17/04/2022. Esta comunicación puede estar escrita en papel normal y, para ser válido, debe contener el nombre, los apellidos, la fecha, el lugar de nacimiento, el lugar de residencia y la firma del votante, acompañados de una copia de un documento de identidad válido del declarante.

Para la comunicación tambén se puede utilizar el formulario correspondiente, descargable desde la página web del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación Internacional (www.esteri.it) o de la oficina consular.

Como previsto en la normativa vigente, corresponderá a los electores verificar que la comunicación de opción enviada por correo, ha sido recibida en tiempo en la  Oficina Consular.

La elección del voto en Italia podrá ser revocada posteriormente mediante una comunicación escrita que deberá ser enviada o entregada en la oficina consular de la misma forma y en el mismo plazo que para el ejercicio de la opción.

Si decide ingresar a Italia para votar, la ley NO prevé ningún tipo de reembolso por los gastos de viaje incurridos, sino sólo tarifas reducidas dentro de Italia. Sólo los votantes que residen en países en los que no se cumplen las condiciones para el voto por correo (Ley 459/2001, art. 20, par. 1-bis) tienen derecho al reembolso del 75% del costo de su billete de viaje en clase económica.

LA OFICINA CONSULAR ESTÁ DISPONIBLE PARA CUALQUIER ACLARACIÓN.

Abril de 2022

FORMULARIO DE OPCIÓN DE REFERÉNDUM 12 DE JUNIO:

https://madeinitaly.gt/blog/MIGziPi4sagzI8On58CU?q=91qg2IlOaGwW3Pa7jnlO